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CAHIERS DE DOLÉANCES DE LA NOBLEZA DE LA BAILÍA DE AMONT (FRANCO CONDADO).

 

 

Si cada orden está compuesto por un número igual de representantes, la deliberación por cabeza podrá tener lugar, pero si la igualdad numérica no existe entre el primer y el segundo orden, entonces se votará separadamente por orden.

Pero, en todo caso, la composición del primer orden será tal que los representantes de la nobleza serán, al menos, el doble que los del clero.

Se atribuirá a los Estados generales la fijación de los límites de la influencia del Rey en las deliberaciones, tanto si los dos órdenes  opinan por cabeza como si lo hacen separadamente; esta influencia debe ser tal que, manteniendo toda la dignidad de la majestad real, la asamblea de la nación quede investida de todo el poder que le corresponde.,

La conservación de los privilegios personales y de las distinciones que la nobleza ha tenido en todos los tiempos son atribuidos que la distinguen esencialmente de los demás y que no podrán ser atacados ni destruidos. El abuso que resultaría de tales cambios es demasiado evidente y, por lo tanto, no es necesaria su discusión. La Nobleza de la bailía de Amont, pide, pues que el orden al que pertenece conserve todas sus prerrogativas personales, consintiendo, no obstante, por amor a la justicia y con la intención de aumentar el horror por los grandes crímenes, que en los casos de delitos contra el orden público y contra las leyes de la Nación, se supriman las distinciones en los castigos a los culpables.

Todos los órdenes están unánimemente convencidos del respeto debido a la propiedad. La Nobleza no tiene la intención, de ninguna manera, de despojarse de sus derechos señoriales, honoríficos o útiles, tales como la alta, media y baja justicia, derechos de caza, pesca, manos muertas, talla, corveés, laudemio, censos, diezmos, comisos, embargos de bienes, derecho de retracto, consentimiento y otros que puedan existir, consintiendo la Nobleza, no obstante, por el honor del nombre francés, al abandono de la mano muerta personal; igualmente aquellos derechos antedichos que la sabiduría y prudencia de los Estados generales estimen demasiado onerosos en su forma actual podrían ser redimidos por quienes lo soportan, mediante una indemnización convenida de buen grado entre ambas partes, entendiendo la Nobleza que el rescate de dichos derechos no podrá realizarse parcialmente en un mismo feudo sin el consentimiento del señor.


Si la amovilidad de los jueces de las justicias señoriales no es reconocida por el Tercer Estado, los diputados la mantendrán en todo su poder de acuerdo con el estado actual, y esto por interés mismo de las comunidades.

Los diputados del orden de la Nobleza pedirán la ejecución en el Franco Condado de un edicto a favor de los no católicos para que los oficiales franceses no católicos puedan ser revestidos de la Orden del mérito militar.

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